¿Cómo se cobra si el deudor no paga la sentencia?
Con la ejecución: el juzgado ordena embargos sobre las cuentas, créditos y bienes del deudor.
Si hay una resolución favorable (decreto del monitorio, sentencia o acuerdo homologado) y el deudor no paga voluntariamente, se solicita la ejecución.
El juzgado puede embargar saldos bancarios, devoluciones de impuestos, créditos frente a clientes del deudor, vehículos o inmuebles, y averiguar sus bienes a través de los registros públicos.
Si el deudor no tiene bienes o está en concurso de acreedores, la ejecución individual no prospera y hay que valorar otras vías, como comunicar el crédito en el concurso.
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