¿Cuándo es obligatorio ir con abogado y procurador?
La petición de monitorio puede presentarse sin ellos; el juicio verbal de más de 2.000 € y la ejecución por encima de esa cifra sí los requieren.
La petición inicial del monitorio puede presentarse sin abogado ni procurador, sea cual sea el importe.
Si el deudor se opone y hay juicio verbal, la intervención de abogado y procurador es obligatoria cuando la cuantía supera 2.000 €. En el juicio ordinario siempre lo es.
Aunque no sea obligatorio, un requerimiento y una petición bien planteados por abogado reducen el riesgo de que el juzgado inadmita la reclamación o de que el deudor encuentre defectos para oponerse.
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