AyudaEn el juzgado: monitorio y juicio¿Monitorio o juicio verbal?

¿Monitorio o juicio verbal?

Con factura y documentos, el monitorio es la vía más rápida para cualquier importe; el juicio llega si el deudor se opone.

El procedimiento monitorio sirve para reclamar deudas dinerarias, vencidas y exigibles que se puedan acreditar con documentos (facturas, albaranes, contratos, comunicaciones). No tiene límite de cuantía.

El juzgado requiere al deudor para que pague o explique por qué no debe en 20 días. Si no contesta, se puede pedir directamente la ejecución. Si se opone, el asunto pasa a juicio: verbal hasta 15.000 € y ordinario por encima.

Sin documentos que acrediten la deuda, la vía es directamente el juicio que corresponda por la cuantía.

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